Denominación del área | Denominación de la norma que establece las facultades del área | Fundamento legal | Fragmento de reglamento interior |
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Dirección del Instituto Municipal de la Mujer de Carmen | Reglamento del Instituto Municipal de la Mujer Carmen, Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer Carmen, Ley General de Contabilidad Gubernamental, Presupuesto de Egreso, Ley General de Transparencia y Acceso a la información Publica, Ley de Transparencia y Acceso a la información Publica del Estado de Campeche | Art. 37 y 38 del Reglamento del Instituto Municipal de la Mujer Carmen | I.- Planear, programar, organizar, administrar, controlar, coordinar y evaluar el correcto funcionamiento del Instituto y sus programas; II.- Representarlo legalmente con poder general para pleitos y cobranzas, y actos de administración en los términos del Código Civil para el Estado de Campeche; pudiendo delegar ésta representación en iguales términos; III.- Presentar denuncias penales y/o querellas en los términos del Código de Procedimientos Penales para el Estado de Campeche, y otorgar el perdón del ofendido cuando proceda; IV.- Celebrar a nombre del Instituto convenios, contratos o actos jurídicos, previamente autorizados por lá Junta de Gobierno, que se requieran para el ejercicio y cumplimiento del objeto; V.- Asegurarse que el Programa Municipal de atención y participación de las mujeres sea congruente con los Programas Nacionales y Estatales en esta materia; VI.- Ejecutar los acuerdos de la Junta de Gobierno; VII.- Proporcionar la información suficiente a la Junta de Gobierno para el análisis y aprobación de los planes, programas de trabajo del Instituto; VIII.- Administrar los recursos humanos, financieros y materiales del Instituto; IX.- Analizar y someter aprobación de la Junta de Gobierno las propuestas de modificaciones de. las Unidades Administrativas del Instituto; X.- Nombrar y remover libremente a los titulares de los Departamento y personal administrativo del Instituto; XI.- Expedir las credenciales de Identificación del personal del Servicio Administrativo del Instituto, que se requieran para el correcto ejercicio de sus funciones; XII.- Proponer, organizar y promover ciclos de conferencias y coloquios1 así como foros y cursos de capacitación; y, XIII.- Las demás atribuciones que se deriven de otros ordenamientos legales aplicables, del presente Reglamento o le encomiende la Junta de Gobierno o su Presidente. |
Coordinación de Administración y Finanzas | Reglamento del Instituto Municipal de la Mujer Carmen, Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer Carmen, Ley General de Contabilidad Gubernamental, Presupuesto de Egreso, Ley General de Transparencia y Acceso a la información Publica, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica del Estado de Campeche | Cap. 17 Ley General de Contabilidad Gubernamental y Art. 21 del Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer de Carmen | I.- Presentar avisos de inscripción ante dependencias de gobierno, autoridades hacendarias y de seguridad entre otras. II.- Elaborar el presupuesto de ingresos y egresos del instituto. III.- Llevar el control de ingresos y egresos. IV.- Administrar de la mejor manera el presupuesto asignado anualmente al Instituto. V.- Llevar la contabilidad del Instituto. VI.- Efectuar registros contables. VII.- Efectuar conciliaciones bancarias. VIII.- Realizar compras y suministros del Instituto y las que determine el comité de adquisiciones. IX.- Establecer el control y programación de cuentas por pagar. X.- Aplicar las políticas y procedimientos administrativos, sobre proyectos y pagos de las jefaturas, coordinaciones y el personal del Instituto. XI.- Solicitar a las demás áreas administrativas, los informes de los presupuestos y los proyectos que realicen o requieran anualmente. XII.- Desarrollar los sistemas de premios, estímulos y recompensas, que determine las condiciones generales de trabajo del Instituto, y en caso de haber, sujetándose a las condiciones generales de trabajo del H. Ayuntamiento de Carmen. XIII.- Tramitar lo relacionado con las contrataciones del personal, renuncias, remociones, licencias y jubilaciones del Instituto. Así como la de fomentar su superación y profesionalismo, a través de programas que favorezcan la eficiencia, productividad y armonía laboral. XIV.- Coordinar la elboración de contratos de pretación de servicios de mantenimiento y conservación de bienes muebles e inmuebles del isntituto. XV.- Supervisar la atención oportuna de necesidades de bienes y servicios que requieren las áreas administrativas y operativas del instituto para su buen desempeño. XVI.- Todas aquellas actividades que le encomiende sus superiores y que contribuyan a fortalecer el equipamiento y servicios que proporcione el instituto. XVII.- Proporcionar el informe financiero mensual, debidamente supervisado por la dirección general para su aprobación entre la Junta de Gobierno del Instituto Municipal de la Mujer. XVIII.- Las demás funciones administrativas que confieren para el mejor funcionamiento. |
Coordinación de Salud Mental | Reglamento del Instituto Municipal de la Mujer Carmen, Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer Carmen, Ley General de Contabilidad Gubernamental, Presupuesto de Egreso, Ley General de Transparencia y Acceso a la información Publica, Ley de Transparencia y Acceso a la información Publica del Estado de Campeche | Art. 20 del Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer de Carmen | I.- Mejorar la calidad de vida y la salud mental de las mujeres a través de la sensibilización de la sociedad entorno a la equidad de género. II.- Brindar apoyo psico-emocional a las mujeres que se encuentran en situaciones especiales o vulnerables canalizándolas a las instancias correspondientes. III.- Realizar talleres y platicar en comunidades y colonias con el objeto de informar a las mujeres en relación con su salud, autoestima, violencia familiar e instancias de apoyo en beneficio de la mujer. IV.- Coordinar la promoción en la incorporación de las mujeres con capacidades diferentes en las labores productivas y remuneradas. V.- Realizar foros y conferencias a fin de sensibilizar a la sociedad en torno a la equidad de género y desarrollo humano integral de la mujer. VI.- Promover estudios sobre las consecuencias para la salid que se deriven de las condiciones laborales en que se desarrolla la mujer. VII.- Privilegiar a través de los servicios médicos municipales, la información a las mujeres sobre pautas de vida saludable. VIII.- Propiciar la adecuada utilización de los servicios de salud existentes, así como cumplimiento de los programas de información y educación sexual, dirigidos a los adolescentes. IX.- Realizar campañas en las empresas sobre la ley de prevención de riesgo laboral en lo relativo a las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia. X.-Fortalecer la utilización de la cartilla nacional de salud. XI.- Las demás que las disposiciones legales y administrativas le confieran y que le encomiende la dirección del Instituto. |
Coordinación Jurídica | Reglamento del Instituto Municipal de la Mujer Carmen, Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer Carmen, Ley General de Contabilidad Gubernamental, Presupuesto de Egreso, Ley General de Transparencia y Acceso a la información Publica, Ley de Transparencia y Acceso a la información Publica del Estado de Campeche | Art. 22 del Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer de Carmen | I.- Estudiar y dictaminar la procedencia de los contratos y convenios con organismos del sector público y privado en el ámbito municipal, estatal y federal. II.- Proponer en colaboración con las demás áreas administrativas, los elementos necesarios para el establecimiento de los contratos y convenios relativos a las funciones de su competencia y someterlo a consideración de la dirección. III.- Auxiliar a la dirección en la fundamentación y motivación de contestaciones oficiales a los requerimientos solicitados por dependencias gubernamentales, así como a los escritos presentados por particulares. IV.- Intervenir cuando corresponda, con el carácter de abogado patrono del Instituto, en los procesos judiciales en los que sea parte. V.- Formular las querellas y denuncias que en su caso procedan y dar oportuno seguimiento a las mismas. VI.- Asesorar al Instituto en el ámbito judicial y en la elaboración de toda clase de recursos, diligencias, así como intervenir cuando corresponda, en los procesos judiciales en los que el Instituto sea parte. VII.- Revisar y compilar los reglamentos municipales, la legislación estatal y federal. VIII.- Acordar con la dirección, la intervención que corresponda al Instituto en los ante proyectos de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, contratos y convenios, relacionados con su ámbito de competencia. XIX.- Participación y elaboración de acuerdos, contratos y convenios con la federación, entidades federativas, municipios y organismos del sector privado y social, para el desarrollo y operación de los programas de intercambio de experiencias y conocimientos. X.- Substanciar los procedimientos de responsabilidad administrativa de los servidores públicos del instituto en los términos de la legislación aplicable. XI.- Supervisar las convocatorias, licitaciones e invitaciones que se hagan para cualquier clase de adquisición y enajenación, las cuales deberán estar sujetas a lo previsto en el manual de políticas, bases y lineamientos para las adquisiciones y enajenaciones. XII.- Colaborar en la elaboración de convocatoria, el orden del día y enviar a los integrantes de la Junta de Gobierno la documentación necesaria para el desarrollo de la sesión. XIII.- Atender y dar seguimiento a las comunicaciones oficiales, así como a los escritos particulares. XIV.- Brindar el apoyo y la asesoría jurídica a todas las mujeres que se presenten en el Instituto en juicios de amparos. XV.- Compilar, organizar y dirigir el archivo jurídico del instituto manteniéndolo actualizado. XVI.- Librar citas de comparecencia cuando se requiera para el mejor desempeño de sus funciones. XVIII.- Las demás funciones que las disposiciones legales, administrativas y reglamentarias le atribuyan, así como las encomiendas que le otorgue la dirección. |
Coordinación de Programas y Proyectos | Reglamento del Instituto Municipal de la Mujer Carmen, Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer Carmen, Ley General de Contabilidad Gubernamental, Presupuesto de Egreso, Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Publica, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Publica del Estado de Campeche | Art. 4 del Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer de Carmen | I.- Coordinar las acciones afirmativas en apoyo a la perspectiva de género. II.- Coordinación de los programas diversos en beneficio de la comunidad carmelita. III.- Coordinar acciones conmemorativas del Institutito Mpal. de la Mujer de Carmen de planeación, desarrollo y ejecución de programas sociales. IV.- Realizar los proyectos en materia Federal, Estatal y Municipal en beneficio hacia la comunidad. V.- Realizar los informes necesarios, a solicitud de la dirección del Instituto Mpal. de la Mujer de Carmen cualesquiera que estos fueran. VI.- Realizar las estadísticas mensuales, trimestrales e informes para la Junta de Gobierno. |