Fecha de inicio del periodo que se informa | Fecha de término del periodo que se informa | Denominación del área | Denominación del puesto | Denominación del cargo (de conformidad con nombramiento otorgado) | Área de adscripción inmediata superior | Denominación de la norma | Fundamento legal | Atribuciones, responsabilidades y/o funciones, según sea el caso | Hipervínculo al perfil y/o requerimientos del puesto o cargo, en su caso | Hipervínculo al organigrama completo |
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01/07/2019 | 30/09/2019 | Dirección del Instituto Mpal. de la Mujer de Carmen | Director | Director | Dirección | Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer de Carmen | Art. 17 Cap. IV del Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer de Carmen | I.- Celebrar y otorgar toda clase de actos y documentación inherente a su cargo. II.- Otorgar poderes generales y especiales con facultades otorgadas, entre ellas las que requieran autorización o clausula especial. III.- Suscribir o revocar poderes especiales. IV.- Suscribir los contratos que regulen las relaciones laborales del Instituto con el personal. V.- Presentar anualmente a la junta de gobierno el informe de actividades del Instituto. VI.- Ejecutar los acuerdos que dicte la Junta de Gobierno. VII.- Nombrar y autorizar al personal determinado y especializado para que haga las representaciones del Instituto en los asuntos que le compete. VIII.- Proponer a la Junta de Gobierno las modificaciones a la estructura que sean necesarias para el optimo funcionamiento del Instituto. IX.- Celebrar contratos, convenios y demás instrumentos jurídicos necesarios para el buen funcionamiento del Instituto. X.- Establecer los sistemas de control y evaluación necesarios para alcanzar metas u objetivos propuestos. XI.- Aprobar estrategias, metodologías, programas de investigación, contenidos, materiales, acciones y proyectos institucionales. XII.- Proponer a la Junta de de Gobierno las modificaciones que proceden a la estructura orgánica del Instituto, XIII.- Establecer las instancias de asesoría, coordinación, consulta y apoyo administrativo que estime necesarias para el funcionamiento del Instituto. XIV.- Normar criterios de eficiencia y productividad con el personal del Instituto. XV.- Apoyar y determinar de acuerdo a los objetivos del instituto las políticas públicas municipales con relación a la igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres para una mayor equidad de género. XVI.- Ejercer con acuerdo de la Junta de Gobierno las facultades de dominio, administración, pleitos y cobranza. XVII.- Delegar en persona que designe, las funciones de su asistente, cuando la dirección lo considere necesario para cumplir con determinada encomienda. XVIII.- Presentar durante el mes ce octubre de cada ejercicio fiscal a la junta de gobierno su presupuesto de ingresos y egresos para su aprobación y remitirlo al Ayuntamiento, para su consideración en el presupuesto de egresos al H. Ayuntamiento del Municipio de Carmen. XIX.- Proponer a la Junta de Gobierno del Instituto, los nombramientos de los titulares de sus diversas áreas administrativas. XX.- Presentar a la Junta de Gobierno, para su aprobación el reglamento y manuales que dispongan la legislación vigente. XXI.- Las demás que señale el reglamento y disposiciones legales aplicables. | ||
01/07/2019 | 30/09/2019 | Dirección del Instituto Mpal. de la Mujer de Carmen | Secretaria | Secretaria | Dirección | Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer de Carmen | Art. 43 Cap. IV Secc. Segunda del Reglamento del Instituto Municipal de la Mujer | I.- Atender todas las actividades que le encomienda la dirección para lograr los objetivos propuestos por cada uno de los programas del Instituto. II.- Apoyar a la dirección en la organización de su agenda de atención al público. III.- Brindar orientación al público en general, canalizándolos al área correspondiente. | ||
01/07/2019 | 30/09/2019 | Dirección del Instituto Mpal. de la Mujer de Carmen | Auxiliar de Comunicación Social | Auxiliar | Dirección | Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer de Carmen | Art. 43 Cap. IV Secc. Segunda del Reglamento del Instituto Municipal de la Mujer | El instituto para su operación y función, contara con departamento y el personal administrativo necesario para cumplir con su objetivo. | ||
01/07/2019 | 30/09/2019 | Dirección del Instituto Mpal. de la Mujer de Carmen | Coordinación de Administración y Finanzas | Coordinador | Coordinación de Administración y Finanzas | Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer de Carmen | Art. 19 Cap. VI del Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer de Carmen | I.- Presentar avisos de inscripción ante dependencias de gobierno, autoridades hacendarias y de seguridad entre otras. II.- Elaborar el presupuesto de ingresos y egresos del instituto. III.- Llevar el control de ingresos y egresos. IV.- Administrar de la mejor manera el presupuesto asignado anualmente al Instituto. V.- Llevar la contabilidad del Instituto. VI.- Efectuar registros contables. VII.- Efectuar conciliaciones bancarias. VIII.- Realizar compras y suministros del Instituto y las que determine el comité de adquisiciones. IX.- Establecer el control y programación de cuentas por pagar. X.- Aplicar las políticas y procedimientos administrativos, sobre proyectos y pagos de las jefaturas, coordinaciones y el personal del Instituto. XI.- Solicitar a las demás áreas administrativas, los informes de los presupuestos y los proyectos que realicen o requieran anualmente. XII.- Desarrollar los sistemas de premios, estímulos y recompensas, que determine las condiciones generales de trabajo del Instituto, y en caso de haber, sujetándose a las condiciones generales de trabajo del H. Ayuntamiento de Carmen. XIII.- Tramitar lo relacionado con las contrataciones del personal, renuncias, remociones, licencias y jubilaciones del Instituto. Así como la de fomentar su superación y profesionalismo, a través de programas que favorezcan la eficiencia, productividad y armonía laboral. XIV.- Coordinar la elboración de contratos de pretación de servicios de mantenimiento y conservación de bienes muebles e inmuebles del isntituto. XV.- Supervisar la atención oportuna de necesidades de bienes y servicios que requieren las áreas administrativas y operativas del instituto para su buen desempeño. XVI.- Todas aquellas actividades que le encomiende sus superiores y que contribuyan a fortalecer el equipamiento y servicios que proporcione el instituto. XVII.- Proporcionar el informe financiero mensual, debidamente supervisado por la dirección general para su aprobación entre la Junta de Gobierno del Instituto Municipal de la Mujer. XVIII.- Las demás funciones administrativas que confieren para el mejor funcionamiento. | ||
01/07/2019 | 30/09/2019 | Dirección del Instituto Mpal. de la Mujer de Carmen | Contador | Contador | Coordinación de Administración y Finanzas | Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer de Carmen | Art. 43 Cap. IV Secc. Segunda del Reglamento del Instituto Municipal de la Mujer | El instituto para su operación y función, contara con departamento y el personal administrativo necesario para cumplir con su objetivo. | ||
01/07/2019 | 30/09/2019 | Dirección del Instituto Mpal. de la Mujer de Carmen | Auxiliar de Compras | Auxiliar | Coordinación de Administración y Finanzas | Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer de Carmen | Art. 43 Cap. IV Secc. Segunda del Reglamento del Instituto Municipal de la Mujer | El instituto para su operación y función, contara con departamento y el personal administrativo necesario para cumplir con su objetivo. | ||
01/07/2019 | 30/09/2019 | Dirección del Instituto Mpal. de la Mujer de Carmen | Auxiliar de Transparencia y Acceso a la Información Pública | Auxiliar | Coordinación de Administración y Finanzas | Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer de Carmen | Art. 43 Cap. IV Secc. Segunda del Reglamento del Instituto Municipal de la Mujer | El instituto para su operación y función, contara con departamento y el personal administrativo necesario para cumplir con su objetivo. | ||
01/07/2019 | 30/09/2019 | Dirección del Instituto Mpal. de la Mujer de Carmen | Chófer | Chófer | Coordinación de Administración y Finanzas | Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer de Carmen | Art. 43 Cap. IV Secc. Segunda del Reglamento del Instituto Municipal de la Mujer | El instituto para su operación y función, contara con departamento y el personal administrativo necesario para cumplir con su objetivo. | ||
01/07/2019 | 30/09/2019 | Dirección del Instituto Mpal. de la Mujer de Carmen | Chófer | Chófer | Coordinación de Administración y Finanzas | Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer de Carmen | Art. 43 Cap. IV Secc. Segunda del Reglamento del Instituto Municipal de la Mujer | El instituto para su operación y función, contara con departamento y el personal administrativo necesario para cumplir con su objetivo. | ||
01/07/2019 | 30/09/2019 | Dirección del Instituto Mpal. de la Mujer de Carmen | Intendente | Intendente | Coordinación de Administración y Finanzas | Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer de Carmen | Art. 43 Cap. IV Secc. Segunda del Reglamento del Instituto Municipal de la Mujer | El instituto para su operación y función, contara con departamento y el personal administrativo necesario para cumplir con su objetivo. | ||
01/07/2019 | 30/09/2019 | Dirección del Instituto Mpal. de la Mujer de Carmen | Coordinación de Psicología | Coordinador | Coordinación de Psicología | Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer de Carmen | Art. 19 Cap. VI Del Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer de Carmen | I.- Mejorar la calidad de vida y la salud mental de las mujeres a través de la sensibilización de la sociedad entorno a la equidad de género. II.- Brindar apoyo psico-emocional a las mujeres que se encuentran en situaciones especiales o vulnerables canalizándolas a las instancias correspondientes. III.- Realizar talleres y platicar en comunidades y colonias con el objeto de informar a las mujeres en relación con su salud, autoestima, violencia familiar e instancias de apoyo en beneficio de la mujer. IV.- Coordinar la promoción en la incorporación de las mujeres con capacidades diferentes en las labores productivas y remuneradas. V.- Realizar foros y conferencias a fin de sensibilizar a la sociedad en torno a la equidad de género y desarrollo humano integral de la mujer. VI.- Promover estudios sobre las consecuencias para la salid que se deriven de las condiciones laborales en que se desarrolla la mujer. VII.- Privilegiar a través de los servicios médicos municipales, la información a las mujeres sobre pautas de vida saludable. VIII.- Propiciar la adecuada utilización de los servicios de salud existentes, así como cumplimiento de los programas de información y educación sexual, dirigidos a los adolescentes. IX.- Realizar campañas en las empresas sobre la ley de prevención de riesgo laboral en lo relativo a las mujeres embarazadas y en periodo de lactancia. X.-Fortalecer la utilización de la cartilla nacional de salud. XI.- Las demás que las disposiciones legales y administrativas le confieran y que le encomiende la dirección del Instituto. | ||
01/07/2019 | 30/09/2019 | Dirección del Instituto Mpal. de la Mujer de Carmen | Auxiliar de Psicología | Auxiliar | Coordinación de Psicología | Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer de Carmen | Art. 43 Cap. IV Secc. Segunda del Reglamento del Instituto Municipal de la Mujer | I.- Brindar asesoría Psicológica. II.- Brindar contención en estado de crisis. III.- Realizar valoraciones psicológicas del juzgado primero y segundo familiar. IV.- Realizar platicas de prevención, sensibilización y concientización orientados a la violencia familiar, entre otras temáticas. V.- Apoyar en los diferentes programas de la Coordinación. | ||
01/07/2019 | 30/09/2019 | Dirección del Instituto Mpal. de la Mujer de Carmen | Auxiliar Administrativo | Auxiliar | Coordinación de Psicología | Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer de Carmen | Art. 19 Cap. VI Del Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer de Carmen | El instituto para su operación y función, contara con departamento y el personal administrativo necesario para cumplir con su objetivo. | ||
01/07/2019 | 30/09/2019 | Dirección del Instituto Mpal. de la Mujer de Carmen | Coordinación Jurídica | Coordinador | Coordinación Jurídica | Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer de Carmen | Art. 18 Cap. V del Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer de Carmen | I.- Estudiar y dictaminar la procedencia de los contratos y convenios con organismos del sector público y privado en el ámbito municipal, estatal y federal. II.- Proponer en colaboración con las demás áreas administrativas, los elementos necesarios para el establecimiento de los contratos y convenios relativos a las funciones de su competencia y someterlo a consideración de la dirección. III.- Auxiliar a la dirección en la fundamentación y motivación de contestaciones oficiales a los requerimientos solicitados por dependencias gubernamentales, así como a los escritos presentados por particulares. IV.- Intervenir cuando corresponda, con el carácter de abogado patrono del Instituto, en los procesos judiciales en los que sea parte. V.- Formular las querellas y denuncias que en su caso procedan y dar oportuno seguimiento a las mismas. VI.- Asesorar al Instituto en el ámbito judicial y en la elaboración de toda clase de recursos, diligencias, así como intervenir cuando corresponda, en los procesos judiciales en los que el Instituto sea parte. VII.- Elaborar proyectos de iniciativas de ley en relación con el ámbito de competencias del instituto. VIII.- Revisar y compilar los reglamentos municipales, la legislación estatal y federal. IX.- Sistematizar los criterios de intervención y aplicación de las disposiciones legales que normen el funcionamiento del Instituto. X.- Acordar con la dirección, la intervención que corresponda al Instituto en los ante proyectos de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, contratos y convenios, relacionados con su ámbito de competencia. XI.- Participación y elaboración de acuerdos, contratos y convenios con la federación, entidades federativas, municipios y organismos del sector privado y social, para el desarrollo y operación de los programas de intercambio de experiencias y conocimientos. XII.- Substanciar los procedimientos de responsabilidad administrativa de los servidores públicos del instituto en los términos de la legislación aplicable. XIII.- Participar de manera conjunta con la dirección y los demás coordinaciones, en la elaboración de los programas y del presupuesto del Instituto. XIV.- Supervisar las convocatorias, licitaciones e invitaciones que se hagan para cualquier clase de adquisición y enajenación, las cuales deberán estar sujetas a lo previsto en el manual de políticas, bases y lineamientos para las adquisiciones y enajenaciones. XV.- Colaborar en la elaboración de convocatoria, el orden del día y enviar a los integrantes de la Junta de Gobierno la documentación necesaria para el desarrollo de la sesión. XVI.- Atender y dar seguimiento a las comunicaciones oficiales, así como a los escritos particulares. XVII.- Brindar el apoyo y la asesoría jurídica a todas las mujeres que se presenten en el Instituto en juicios de amparos. | ||
01/07/2019 | 30/09/2019 | Dirección del Instituto Mpal. de la Mujer de Carmen | Auxiliar Jurídico | Auxiliar | Coordinación Jurídica | Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer de Carmen | Art. 43 Cap. IV Secc. Segunda del Reglamento del Instituto Municipal de la Mujer | I.- Apoyar todas las acciones de carácter legal que le encomienda el departamento jurídico, ya sea de procedimientos, de programas y proyectos, en defensa de los derechos de la mujer. | ||
01/07/2019 | 30/09/2019 | Dirección del Instituto Mpal. de la Mujer de Carmen | Auxiliar Jurídico | Auxiliar | Coordinación Jurídica | Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer de Carmen | Art. 43 Cap. IV Secc. Segunda del Reglamento del Instituto Municipal de la Mujer | I.- Apoyar todas las acciones de carácter legal que le encomienda el departamento jurídico, ya sea de procedimientos, de programas y proyectos, en defensa de los derechos de la mujer. | ||
01/07/2019 | 30/09/2019 | Dirección del Instituto Mpal. de la Mujer de Carmen | Coordinación de Programas y Proyectos | Coordinador | Coordinación de Programas y Proyectos | Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer de Carmen | Art. 43 Cap. IV Secc. Segunda del Reglamento del Instituto Municipal de la Mujer | I.-. Creación de programa y plan de trabajo del área. II.- Detectar los puntos más vulnerables para desarrollar los programas y proyectos. III.-. Calendarizar las actividades y programas propias del Instituto. IV.- Crear vínculos de participación ciudadana con los comités vecinales. V.- Monitorear las convocatorias de los programas y proyectos de Fortalecimiento de la Transversalidad de Perspectiva de Género de INMUJERES, de la Comisión Nacional para el Desarrollo de los Pueblos Indígenas (CDI) y ONU Mujeres que se centran de forma exclusiva en la igualdad de género y el empoderamiento de las mujeres. definir programas y verificar su correcta ejecución. VI. Coordinación de los programas diversos en beneficio de la comunidad carmelita. VII. Realizar los informes para dar a conocer la junta de gobierno del Instituto de acuerdo a los lineamientos. | ||
01/07/2019 | 30/09/2019 | Dirección del Instituto Mpal. de la Mujer de Carmen | Auxiliar Administrativo | Auxiliar | Coordinación de Programas y Proyectos | Reglamento Interno del Instituto Municipal de la Mujer de Carmen | Art. 43 Cap. IV Secc. Segunda del Reglamento del Instituto Municipal de la Mujer | El instituto para su operación y función, contara con departamento y el personal administrativo necesario para cumplir con su objetivo. |